Se explicó que la decisión de subsidiar se aplicó por el principio in dubio a favor del consumidor, es decir, la interpretación que prioriza la protección del ante la falta de respuesta por parte de las autoridades nacionales. “Esta omisión impedía la implementación precisa de la bonificación, por lo que el ENRESP ha optado por extender el beneficio a la totalidad de los s potencialmente alcanzados en las zonas frías”, indica el instrumento.

Este es un contenido original realizado por nuestra redacción. Sabemos que valorás la información rigurosa, con una mirada que va más allá de los datos y del bombardeo cotidiano.

Hace 38 años Página|12 asumió un compromiso con el periodismo, lo sostiene y cuenta con vos para renovarlo cada día.

Unite a Página|12
Icono de carga
Tu navegador tiene deshabilitado el uso de Cookies. Algunas funcionalidades de Página/12 necesitan que lo habilites para funcionar. Si no sabés como hacerlo hacé CLICK AQUÍ