La ley de trata (26.842), sancionada en el 2012, fue reglamentada el 28 de enero de este año. La medida genera debate sobre si la promulgación es o no parcial. Cecilia Merchan, a cargo de la Coordinación del Comité Ejecutivo de Lucha contra la Trata y Explotación de Personas y para la Protección y Asistencia a sus vÃctimas, enfatizó: âReglamentar la ley es un paso muy importante que afianza lo que se viene haciendo desde el Ejecutivo Nacionalâ. Por su parte, Zaida Gatti, coordinadora del Programa Nacional de Rescate a Personas Damnificadas por el Delito de Trata del Ministerio de Justicia de la Nación, afirma: âSe trabajó desde marzo de 2013 en el decreto. El mayor beneficio de la reglamentación es la puesta en funcionamiento del Consejo Federal, porque es una real federalización del abordaje del delito y de la asistencia a las vÃctimas. La promulgación no es parcial. Hay artÃculos que no necesitaban reglamentarse, como los tipos penales o la lÃnea 145, que está en funcionamiento desde antes de la reformaâ. 336n9
La mayor polémica gira en torno de la participación de la sociedad civil. Fernando Mao, presidente de la junta directiva de RATT internacional & PaÃses Asociados unidos contra el Trafico Humano, critica: âLeemos con sorpresa que el artÃculo 19, que permitÃa la incorporación de las ONG al Consejo Federal no ha sido reglamentado. Por lo cual el ingreso de las organizaciones de la sociedad civil a este Consejo deviene una ficciónâ. Gatti responde: âLa ley dispone la creación del Consejo Federal y determina quiénes lo conformarán. Las ONG tendrán una participación activa en el Consejo, pero al ser sólo tres las que pueden participar es necesario tener muy claro de qué modo será el ingreso de cada una y la rotación. La mejor forma es que sea el propio Consejo Federal el que determine el modo de participaciónâ.
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